El 23 de octubre de 2019 entró en vigor la NOM-035-STPS-2018, factores de riesgo psicosocial en el trabajo – identificación, análisis y prevención emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el objetivo, identificar y prevenir factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo. Para el mes de octubre del 2020 deberá estar implementada en todos los centros de trabajo e incluir el impacto que el COVID-19 ha tenido en la salud psicoemocional de los trabajadores.
NOM 035
“PARA EVITAR ENFERMEDADES
PROFESIONALES DE LOS TRABAJADORES”
Preocupante la percepción que priva en algunos sectores del medio empresarial respecto al alcance y objetivos de la Norma Oficial 035-STPS. Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención, de la que actualmente se está hablando como una moda de recursos humanos a cumplir malinterpretando el sentido de la Norma al impulsar la contratación de cursos como el yoga para “cumplir” con dicha disposición, desoyendo la esencia de la misma la cual busca, a decir de la propia autoridad, fortalecer la seguridad y la salud en el trabajo.
Esta disposición legal forma parte de un paquete de 36 Normas Oficiales Mexicanas en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo que han sido expedidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión social las cuales tienen como objetivo prevenir los accidentes de trabajo como las enfermedades profesionales ocasionados con motivo de la realización de su trabajo contratado.
Por lo anterior, cuando las autoridades del trabajo realizan inspecciones en materia de seguridad e higiene, no solamente pide el cumplimiento de una norma específica a revisar, sino que pide el cumplimiento de todas las normas que le apliquen al centro de trabajo.
Los obligados al cumplimiento de esta Norma 035 deben saber que dentro de la misma se ordena también el cumplimiento de la Norma 034, “Condiciones de seguridad para el acceso y desarrollo de actividades de trabajadores con discapacidad en los centros de trabajo”.
No menos importante resulta el conocer las obligaciones relacionadas con el “tratamiento” de Datos Personales de los trabajadores involucrados, ya que tratándose de salud, estaremos frente a datos personales de naturaleza sensible, los cuales requieren de un protocolo específico de manejo conforme lo establece la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.
Su incumplimiento, te puede acarrear, además de un descredito reputacional, un costo importante por imposición de multas, es por ello que te recomendamos revises a la brevedad el cumplimiento relativo a las condiciones de trabajo.
No esperes visitas de inspección en las que te exigirán el cumplimiento de las obligaciones patronales establecidas no solo en la Norma 035 sino de todas aquellas que te son aplicables de acuerdo con el marco normativo relativo a las Normas Oficiales Mexicanas.
Colaboración de: Lic. Rosalba Bucio Dromundo
Lic. Eda Patricia Zumárraga González